JUZGADOS DE LO SOCIAL: VALENCIA
JUZGADO
DE
LO
SOCIAL
Nº
12.
EXPEDIENTE
Nº
729/99
SENTENCIA
Nº
109/2000.
Valencia,
1-3-2000.
DEMANDA
SOBRE
MATERIA
DE
CANTIDAD
DE
PROFESORES
DE
PRIMARIA.
FUNDAMENTOS
DE
DERECHO:
PRIMERO:
"...
la
intervención
del
Arzobispado
de
Valencia
se
limita:
Primero,
a
proponer
a
la
autoridad
académica
las
personas
que
considera
competentes
para
ejercer
la
Enseñanza
de
Religión
y
Moral
católica
en
los
Centros
Públicos...
y
Segundo,
...
y
es
que
aún
cuando
fuera
cierto
que
el
Estado
ha
transferido
a
la
Autoridad
Eclesiástica
la
subvención
global
destinada
a
retribuir
al
profesorado
de
religión
debe
de
hacerse
al
propio
profesorado,
por
estar
constituida
a
favor
del
mismo
la
obligación
del
pago,
tal
y
como
se
desprende
de
lo
establecido
en
el
artículo
1162
del
Código
civil
y
todo
ello
sin
perjuicio
de
las
acciones
que
pueda
ejercitar
el
Estado
español
frente
a
la
Autoridad
Eclesiástica
en
el
caso
de
que
se
haya
producido
por
parte
de
ésta
un
enriquecimiento
sin
causa
por
no
haber
dado
su
destino
a
las
subvenciones
percibidas.
CUARTO:
Los
demandantes
no
han
percibido
ninguna
retribución
en
concepto
de
salarios
de
los
meses
de
septiembre,
octubre,
noviembre,
diciembre
del
año
1998
y
paga
extra
de
Navidad.
QUINTO:
El
Ministerio
Cultura,
Educación
y
Ciencia
dio
de
alta
a
los
demandantes
en
el
Régimen
General
de
la
Seguridad
Social
en
fecha
15-9-98,
habiéndose
formalizado
los
respectivos
contratos
de
trabajo
en
dichas
partes
en
fecha
1-1-1999.
"...
debo
condenar
y
condeno
a
la
Administración
autonómica
a
que
abone
a
los
demandantes
las
cantidades
que
se
reseñan
a
continuación,
condenando
asimismo
al
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Y
CULTURA
a
hacer
efectiva
su
financiación..."