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JUZGADOS DE LO SOCIAL: VALENCIA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12.
EXPEDIENTE Nº 729/99
SENTENCIA Nº 109/2000.
Valencia, 1-3-2000.

DEMANDA SOBRE MATERIA DE CANTIDAD DE PROFESORES DE PRIMARIA.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
PRIMERO: "... la intervención del Arzobispado de Valencia se limita: Primero, a proponer a la autoridad académica las personas que considera competentes para ejercer la Enseñanza de Religión y Moral católica en los Centros Públicos... y Segundo, ... y es que aún cuando fuera cierto que el Estado ha transferido a la Autoridad Eclesiástica la subvención global destinada a retribuir al profesorado de religión debe de hacerse al propio profesorado, por estar constituida a favor del mismo la obligación del pago, tal y como se desprende de lo establecido en el artículo 1162 del Código civil y todo ello sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar el Estado español frente a la Autoridad Eclesiástica en el caso de que se haya producido por parte de ésta un enriquecimiento sin causa por no haber dado su destino a las subvenciones percibidas.
CUARTO: Los demandantes no han percibido ninguna retribución en concepto de salarios de los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 1998 y paga extra de Navidad.
QUINTO: El Ministerio Cultura, Educación y Ciencia dio de alta a los demandantes en el Régimen General de la Seguridad Social en fecha 15-9-98, habiéndose formalizado los respectivos contratos de trabajo en dichas partes en fecha 1-1-1999.
"... debo condenar y condeno a la Administración autonómica a que abone a los demandantes las cantidades que se reseñan a continuación, condenando asimismo al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA a hacer efectiva su financiación..."