JUZGADOS DE LO SOCIAL: GRANADA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5
AUTOS Nº 1044 AL 1077/97
SENTENCIA Nº 081/99
Granada, 9-2-1999.
"...la retirada de la venia de dicha autoridad (Obispado), retirada que no podría ser arbitraria, sino que habrá de ajustarse a los criterios del derecho canónico..." FALLAMOS: "... declarar que la relación que les une (con la Junta de Andalucía) es laboral y por tiempo indefinido, condenando a la nombrada demandada a que esté y pase por esta declaración, y a que, en concepto de antigüedad por trienios correspondientes al periodo... les abone las siguientes sumas..."